El decreto se publicará en la próxima edición del Boletín Oficial con 27 artículos. La decisión fue tomada tras la declaración de pandemia de coronavirus.

 

El presidente Alberto Fernández firmó este jueves el decreto de necesidad y urgencia (DNU) en el que se establece "la emergencia pública en materia sanitaria" a raíz del brote de coronavirus, o Covid-19, por el lapso de un año desde la publicación del documento a través del Boletín Oficial.

 

La decisión fue tomada después de que la Organización Mundial de la Salud (OMS) elevara al rango de pandemia la crisis sanitaria por el coronavirus, que ya fue detectado en pacientes de 110 países. En la Argentina ya se identificaron tres casos de pacientes que se contagiaron en el país por estar en contacto con algunos de los 31 enfermos registrados hasta el momento. A través del decreto Alberto Fernández le atribuyó al Ministerio de Salud, a cargo de Ginés González García, una serie de facultades entre las que se encuentra el poder "recomendar restricciones de viajes desde o hacia las zonas afectadas".

Se entiende por "zonas afectadas", según el texto, a "todos los países de Europa, Estados Unidos, Corea del Sur, Japón, China, e Irán", pero la "autoridad de aplicación actualizará diariamente la información al respecto".

La cartera de Salud también podrá "instar a las personas sintomáticas procedentes de zonas afectadas a abstenerse de viajar hacia la República Argentina, hasta tanto cuenten con un diagnóstico médico de la autoridad sanitaria del país en el que se encuentren, con la debida certificación que descarte la posibilidad de contagio".

Además, el Gobierno instruyó que los ministerios de Salud y de Desarrollo Productivo "podrán fijar precios máximos para el alcohol en gel, los barbijos, u otros insumos críticos" para la prevención y el tratamiento del coronavirus.

El aislamiento será obligatorio por 14 días para quienes que sean diagnosticados con coronavirus pero también para los "casos sospechosos", y los "contactos estrechos", es decir, las personas que estén cerca de los positivos.

De hecho, por decreto es obligatorio que las personas reporten los síntomas como tos, fiebre, dolor de garganta o cansancio generalizado.

Además, "se dispone la suspensión de los vuelos internacionales de pasajeros provenientes de las 'zonas afectadas', durante el plazo de treinta (30) días", según el texto que lleva la firma del presidente Alberto Fernández.