Lo votó la Corte Suprema de manera unánime y ordenó a la ANSES su cumplimiento inmediato. El máximo tribunal señaló que "en el ámbito carcelario debe respetarse la legislación laboral y de la seguridad social".  La Corte Suprema determinó, de manera unánime, que las mujeres privadas de su liberta tendrán el derecho a percibir asignaciones por hijo y por embarazo. 

El máximo tribunal convalidó la sentencia de la Cámara Federal de Casación Penal, que dio lugar a un reclamo promovido por la Procuración Penitenciaria de la Nación y la Defensoría Oficial mediante un habeas corpus.

El antecedente

El pedido fue rechazado por la Justicia Federal de La Plata con antelación, pero luego Casación Penal lo admitió, bajo el argumento de que "negar ese derecho a las personas privadas de su libertad configura un supuesto de agravamiento ilegítimo de las condiciones de detención".

Dentro de sus fundamentos, la Corte detalló que "el trabajo penitenciario constituye, sin lugar a dudas, una de las formas de trabajo humano que, como tal, goza de tutela constitucional", y destacó que "en el ámbito carcelario debe respetarse la legislación laboral y de la seguridad social".

También se señaló que "la Ley de Presupuesto Nacional para los ejercicios 2012/2013 prevé expresamente entre sus partidas la designación de recursos para hacer frente a las asignaciones familiares de las personas privadas de su libertad que trabajan".