El Consejo Directivo de la Universidad Tecnológica Nacional, Facultad Regional La Rioja, en Sesión Extraordinaria, con la participación del Médico de la Facultad, Dr. Carlos García, Funcionarios y Directores de Departamento, ante la situación a nivel nacional y provincial en relación al Dengue y al Coronavirus COVID-19, decidió mediante Resolución Nº 015/2020 suspender con carácter preventivo, a partir de este lunes 16 de marzo y hasta el próximo 31 de marzo, las actividades académicas presenciales y administrativas que se desarrollan en el ámbito de la Facultad Regional La Rioja.  Ante el panorama de emergencia planteado, el Consejo Directivo de la Universidad Tecnológica Nacional, Facultad Regional La Rioja, consideró necesario disponer de medidas urgentes de carácter preventivo aplicables en todo el ámbito de la Facultad Regional La Rioja y a la totalidad de la Comunidad Educativa universitaria, ampliando las medidas ya dispuestas mediante Resolución de Decano N°034/2020, y en consonancia con lo resuelto a nivel nacional y provincial.

En este sentido, se suspendieron todas las actividades académicas presenciales y administrativas, que se desarrollan en el ámbito de la Facultad Regional La Rioja, a partir de este lunes 16 y hasta el próximo 31 de marzo.

Asimismo, se determinó que en este período los docentes garantizarán la continuidad de las actividades académicas de forma virtual, respetando la los días y horarios preestablecidos por los respectivos Departamentos. Para tal fin, UTN.LR pone a disposición de los estudiantes y docentes el campus virtual de la institución y la plataforma ZOOM, pudiendo optarse por otras plataformas alternativas, (Hangout, WathsApp, Skype, etc.

A su vez, también se estableció que las demás actividades administrativas permanecerán bajo un sistema de guardias mínimas rotativas, las que serán coordinadas por los encargados de cada área conforme a las necesidades operativas de cada servicio, especialmente en aquellas dependencias y servicios de carácter esencial como Secretaría Académica, Dirección de TICS, DASUTEN, Departamentos de Mantenimiento, Servicios Generales y Vigilancia.

Finalmente, se dejó en claro que las medidas de suspensión de actividades revisten una finalidad preventiva y no vacacional, estando vigentes las sanciones establecidas por los organismos nacionales para aquellos que incumplieran con los deberes de aislamiento allí dispuestos.