Será de 3.000 pesos con el sueldo de enero y 1.000 con el de febrero. El ministro Moroni estima que "1.300.000 trabajadores logran recuperar la totalidad del poder adquisitivo perdido durante el 2019"

 

El Gobierno dispuso a través de un decreto un aumento salarial mínimo y uniforme para todos los trabajadores en relación de dependencia del sector privado de 4.000 pesos. Los mismos se paragán en dos cuotas a partir del mes de enero de este año y a cuenta de las futuras negociaciones paritarias.  El primer pago será de 3.000 pesos, la cual deberá abonarse con los haberes de enero de este año, y el segundo de 1.000 pesos, que será pagada con los sueldos correspondientes a febrero próximo. Así lo precisó el ministro de Trabajo, Claudio Moroni, durante una conferencia de prensa realizada esta tarde en la Casa de Gobierno.

 

"Para el sector público nacional sacaremos una medida similar", anticipó el funcionario argumentando que "tiene una complejidad administrativa, porque incluye empresas, administración central, organismos descentralizados", por lo cual "su análisis y determinación demorará algunos días".

La medida apunta a beneficiar "a los sectores más bajos de la escala salarial, a través de una remuneración fija y remunerativa para todas las escalas y todas las categorías, sin incidencia en los adicionales de los convenios" y aclaró que "no es un bono, ni una suma extraordinaria, sino que ya queda incorporado a cuenta de lo que se negocie en las paritarias del 2020".

Estimó que el incremento "tendrá un efecto dinamizador sobre la demanda, ya que se prevé que la suma que va a incorporar en la masa salarial total es de aproximadamente 20.000 millones de pesos".

Moroni indicó que con esta medida "1.300.000 trabajadores logran recuperar la totalidad del poder adquisitivo perdido durante el 2019", número que representa "aproximadamente el 20 por ciento del total de los trabajadores", y que "terminan siendo un incremento real de entre el siete y el 20 por ciento en las categorías más bajas de los convenios".

El incremento deberá consignarse en el recibo de haberes como un rubro independiente bajo la denominación de "incremento solidario", con el objeto de facilitar el control de su pago por parte de los trabajadores, señala el decreto.